PUEBLA.- MARZO 9.- La Procuraduría del Ciudadano, logró en segunda instancia, modificación a cinco sentencias y de un auto de formal prisión; sin dejar de lado, que en cinco de los resolutivos, los magistrados de la segunda sala en materia penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), decretaron la inmediata libertad de los ahora beneficiados.
Luego de informar lo anterior, el procurador del Ciudadano, aseguró que las cifras, sobre todo, la confianza de la gente, hacen ver con respeto la asistencia jurídica que brinda la institución, “hoy ser defensor público, es un privilegio y sinónimo de calidad dentro del mundo de la abogacía”. |
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Sin duda, abundó, uno de los resultados más palpables en la actual administración estatal, en el eje de justicia, es la vanguardia a nivel nacional que ha alcanzado el ejercicio de la defensoría pública en el estado, objetivo logrado, gracias al trabajo cotidiano del equipo que integra la Procuraduría del Ciudadano.
De acuerdo al toca (número de expediente ante la sala) 105/2010, derivado del proceso 203/2009 del juzgado de lo penal del distrito judicial de Izúcar de Matamoros, donde se dictó auto de formal prisión en contra del representado por la Procuraduría del Ciudadano; gracias a los agravios expresados por la defensora pública Elsa Jenny Zaldivar Zavala, ante los magistrados de la segunda sala, provocaron que el colegiado, en segunda instancia, revocara el auto de referencia y dictara auto de libertad.
Toca 740/2009, con motivo de la causa 27/2008 del juzgado octavo de lo penal del distrito judicial de Puebla, también, gracias a los argumentos jurídicos que hizo valer la defensora pública, los magistrados de la segunda sala, resolvieron revocar la sentencia y absolver del delito al usuario de la Procuraduría del Ciudadano.
En el mismo sentido se pronunciaron los jurisconsultos de la segunda sala, en el toca 694/2009; toca 949/2009 a raíz de la causa 55/2008 del juzgado de lo penal del distrito judicial de Tepexi de Rodríguez; y toca 874/2009 en razón del proceso 450/2008 del juzgado primero de lo penal del distrito judicial de Puebla.
Respecto del toca 1056/2009 debido al proceso 43/2009, los magistrados de la referida segunda sala, determinaron absolver de la reparación del daño moral a los representados por la Procuraduría del Ciudadano. |